miércoles, 27 de noviembre de 2013

OPINIÓN: SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO


A lo largo de los años, el servicio militar obligatorio ha sido y sigue siendo un tema controversial entre la sociedad peruana, sobre todo entre los jóvenes, ya que ellos son los principales afectados del reclutamiento por parte de las fuerzas armadas para cumplir con dicho servicio. Asimismo, la ley acerca del servicio militar ha sufrido continuos cambios y evoluciones respecto de las prácticas de reclutamiento implantadas.

En 1898 se decreta la Ley del Servicio Militar Obligatorio, que regulaba de manera detallada el servicio a la patria en el país. Esta fue de carácter forzoso para todos los peruanos seleccionados por sorteo, enrolados o voluntarios, de entre 19 a 23 años de edad. Las mujeres quedaban excluidas.

Posteriormente, en 1949 se promulga a Decreto de Ley N° 10967, con el cual se extiende la prestación del servicio militar también a las mujeres. Años más tarde, en 1999, La Defensoría del Pueblo presentó una propuesta de reforma integral del servicio militar. Dicha propuesta fue aprobada por la Comisión de Defensa del Congreso y convirtió el servicio militar obligatorio a voluntario. En ella se excluye el carácter ineludible del reclutamiento. Finalmente, en el 2000 entra en vigencia la Ley del Servicio Militar Voluntario.

En la actualidad, este tema es nuevamente motivo de controversia y polémica entre los jóvenes que son llamadas a servir a la patria. Asimismo, dicha ley es hoy criticada desde distintos ángulos por las condiciones en que quieren reimplantarla. Estas críticas surgen, principalmente, por el trato discriminatorio de la norma, el cual exonera a los estudiantes universitarios de la obligatoriedad del servicio. Sin embargo, esta Ley no exonera a los estudiantes de carreras técnicas en institutos u otros centros de estudios.

Por lo tanto, estos se encuentran en la obligación de cumplir con dicha norma. Además, es posible pagar una multa de media UIT (Unidad Impositiva Tributario) para no ir al servicio militar, lo cual imposibilita a las personas de escasos recursos de pagar dicha multa en cuanto no tienen los medios para pagarla. Los sorteos, en el caso de personas con escasos recursos, están obligados a servir su patria como soldados, mientras que los suertudos que tienen plata, si por esas razones del destino son los elegidos para ir a un cuartel, pueden pagar la mitad de una UIT (s./ 1.500) como multa y se liberan del compromiso patriótico.
Opina Roy Santisteban

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